El Gobierno Provincial puso en vigencia la Ley N° 10.893, un beneficio económico independiente de 72 meses continuos destinado a los agentes estatales que cumplan los requisitos para acceder a su jubilación.
LA RIOJA.— Desde el 28 de agosto de 2026 rige la Ley N° 10.893, norma que crea la Bonificación Extraordinaria por Finalización de Carrera
Beneficiarios y alcance
La medida alcanza a trabajadores de diversas dependencias del Estado provincial y municipal
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Funciones del Estado y Municipios: Agentes de los Tres Poderes, municipios y personal bajo la Ley N° 24.241
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Sector Seguridad: Personal bajo regímenes de las Leyes N° 8.546, 4.935 y 7.955
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Funcionarios y personal no escalafonado de las tres funciones estatales a nivel provincial y municipal
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Plazos clave y requisitos obligatorios
Para acceder al cobro del beneficio, los solicitantes deben atender a los siguientes plazos y procedimientos
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Plazo improrrogable: Se fijan 90 días hábiles a partir de cumplir los requisitos de edad y años de servicio
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Inicio de trámite: Iniciar el trámite jubilatorio formal ante la ANSES dentro del plazo fijado
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Acreditación: Informar y acreditar efectivamente dicha gestión ante la Subsecretaría de Gestión Previsional
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⚠️ Atención: En caso de no dar cumplimiento a los requisitos y plazos estipulados, el agente perderá el derecho a reclamar el cobro de la bonificación
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Modalidad y forma de pago
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Monto mensual: Equivalente al valor del adicional salarial conocido como la Quincenita del personal activo
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Duración: Se abonará durante 72 meses consecutivos (6 años) a partir de la obtención efectiva de la jubilación
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Naturaleza jurídica: Se trata de un beneficio extraordinario, independiente y de carácter no previsional
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🔗 Enlace a la norma
Puedes consultar el texto legal y sus antecedentes en el sitio web de la






